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Elecciones + Vacaciones = soluciones

¿Qué pasa si ya has reservado tus vacaciones y te convocan a una Mesa Electoral?

¿Qué pasa si ya has reservado tus vacaciones y te convocan a una Mesa Electoral?

- La convocatoria de Elecciones Generales para el 23 de julio pillará a muchos españoles disfrutando de sus vacaciones o a punto de marcharse, por lo que se acumulan las dudas en caso de ser llamados a formar parte de una mesa electoral.

- Hoy te informamos más a fondo el alcance de los Seguros de Viaje y te explicamos si los llamados a una Mesa podrán recuperar el importe de sus vacaciones.

La convocatoria de Elecciones Generales para el 23 de julio abre un mundo de incógnitas por tratarse de las fechas en las que la gran mayoría de los españoles disfruta de sus vacaciones, algo que coincide generalmente con los meses de julio y agosto. Se calcula que cerca de 4 millones de españoles se encontraban de vacaciones en esas mismas fechas de 2022, y teniendo en cuenta que 2023 es el año de la definitiva recuperación del turismo tras la pandemia, la cifra podría ser aún mayor.

Sin embargo, la posibilidad de ser convocados a formar parte de una Mesa Electoral ha sembrado de dudas la esperanza de muchos españoles que prevén disfrutar de su descanso estival en esas fechas. Por ello, con este post, queremos resolver algunas dudas para que más personas puedan planificar su verano sin sustos.

Tener previstas unas vacaciones no exime de formar parte de una Mesa

En primer lugar, desde el Instituto de Desarrollo Asegurador puntualizamos que la ley no recoge específicamente un periodo de vacaciones como eximente para no acudir a la convocatoria.

“Unas vacaciones no son motivo para no formar parte de una Mesa”.

 “Sin embargo, el perjuicio económico que podría causar al convocado el hecho de ser llamado a una Mesa si tiene unas vacaciones contratadas sí podría ser un motivo para eximirse”

A pesar de ello, y dado que es la primera vez que se celebrarán elecciones en julio, la Junta Electoral de Zona analizará caso por caso para determinar si existen motivos para eximir al convocado. 

“Ya se ha solicitado que se unifiquen criterios para dar mayor seguridad a los ciudadanos, aunque aquellas personas que hayan contratado previamente un Seguro de Viaje no van a tener que preocuparse por el dinero”.

El alcance del Seguro de Viaje en las Elecciones del 23 de julio

Las personas que al contratar sus vacaciones también hayan contratado un Seguro de Viaje con cobertura de cancelación podrán recuperar su dinero hasta las cantidades contenidas en su póliza.

“Hay que diferenciar bien los Seguros de Viaje, porque no todos incluyen coberturas de cancelación o interrupción del viaje”.

Así, los seguros de viaje suelen centrarse en coberturas de emergencias médicas, pérdida de equipaje o retraso de medios de transporte. Solo aquellos productos con cobertura de cancelación permitirán al usuario recuperar el importe pagado por sus vacaciones en caso de no poder viajar en las fechas previstas. Y si el seguro incluye, además, cobertura de interrupción del viaje, el usuario se podrá reembolsar la parte proporcional de los gastos en hoteles, medios de transporte e incluso excursiones contratados y no disfrutados por tener que regresar a su lugar de residencia antes de tiempo.

“Es muy importante que cada asegurado contacte con su compañía proveedora o, preferiblemente, con su asesor o corredor de seguros, ya que son estos profesionales los que podrán explicar a cada persona el alcance de sus coberturas contratadas”.

Por lo general, los seguros de cancelación de viajes incluyen como causa la convocatoria a una mesa electoral, por lo que las personas aseguradas, llamadas a formar parte de una mesa y con un seguro previamente contratado podrán recuperar su dinero, en todo o en parte, si así lo desean.

Para ello, deberán dirigirse a su asesor personal o compañía aseguradora para declarar el siniestro y, tras justificar debidamente la situación, recibirán el reembolso.

“Contratar un seguro de viaje con cobertura de cancelación es una inversión en tranquilidad, así que es recomendable que siempre que reservemos vuelos, hoteles o vacaciones en general dediquemos un poco más de dinero a un buen seguro que nos cubra ante cualquier eventualidad, como puede ser un procedimiento electoral con el que nadie contaba”

¿Qué Coberturas debe de contemplar nuestro seguro de viaje?

El seguro se hará cargo de los gastos por la anulación que su proveedor de viaje le facture según las con­diciones de venta hasta el límite correspondiente a la modalidad contratada si Usted tiene que cancelar su viaje antes de iniciarlo.

Se debe cancelar el viaje antes de la fecha de inicio y comunicarlo al proveedor/es.

¿Qué gastos de anulación serán abonados?

Los gastos por la anulación de:

  • el transporte,
  • el alojamiento,
  • otros conceptos y servicios incluidos en la factura del viaje y que no estén desglosados en ella.

¿Qué gastos no se abonan?

  • el coste correspondiente a este seguro
  • los servicios contratados después de haber contratado este seguro

IMPORTANTE* Motivos de aplicación de la Garantía

Esta garantía es válida hasta el día y la hora en que debe empezar su viaje.

Las causas aseguradas que le impidan hacer el viaje tienen que producirse pasadas 72 horas desde que usted contrató el seguro.

Esta limitación no aplica si usted contrata el seguro al mismo tiempo que el Viaje. ( Ojo, NO OCURRE EN TODAS LAS COMPAÑÍAS LA MAYORIA NO TIENE ESTA CARENCIA DE 72 HORAS , sino que se tiene que contratar a la vez que el viaje .

Las causas aseguradas que Le impidan hacer el Viaje en la fecha prevista son las siguientes:

Por motivos de salud:

  • Enfermedad Grave, Accidente corporal Grave o fallecimiento de:
    • Usted,un familiar suyo de primer o segundo grado de parentesco, la persona que estuviera cuidando a sus hijos menores o a incapacitados a su cargo, su sustituto profesional.
    • Fallecimiento de un familiar Suyo de tercer grado de parentesco.

    • Si a Usted le llaman de forma inesperada para una intervención quirúrgica.

    • Si Usted tiene complicaciones en el embarazo o sufre un aborto.

    • Si a Usted le citan para un trasplante de órgano.

    •  Si enferma de forma imprevista algún hijo o hermano Suyo menor de dos años que esté asegurado por este seguro.

Por motivos legales:

1.     Si a Usted le convocan como parte, testigo de un tribunal o miembro de un jurado.

2.     Si a Usted le convocan como miembro de una mesa electoral.

3.     Si Usted es retenido por la policía (siempre que no sea por un delito).

4.     Si a Usted le citan para tramites relativos a Su divorcio.

5.     Si a Usted le van a entregar un hijo en adopción en las fechas previstas para Su Viaje.

6.     Si a Usted le deniegan el visado sin una causa justificada por el consulado.

7.     Si a Usted le convocan desde un organismo oficial para ir a firmar en persona algún documento

Por motivos laborales:

1.     Si Le despiden de Su trabajo. Tiene que ser un despido no disciplinario.

2.     Si Usted se incorpora a un trabajo en una nueva empresa, en la que no haya estado contratado en los seis meses anteriores. En caso de que sea contratado por una empre­sa de trabajo temporal (ETT) consideraremos las empresas para las que haya trabajado y no la ETT.

3.     Si Usted tiene que presentarse a exámenes de oposiciones oficiales en las fechas de Su Viaje.

4.     Si a Usted le prorrogan Su contrato laboral.

5.     Si a Usted le trasladan obligatoriamente y tiene que cambiar de domicilio a otra pro­vincia.

Por causas extraordinarias:

1.     Daños graves en Su residencia (principal o secundaria) o en Sus locales profesionales (cuando sea imprescindible su presencia). Consideraremos como daños graves los pro­ducidos por un incendio, un Robo, una explosión, una inundación o por las fuerzas de la naturaleza.

2.     Si Usted no puede iniciar Su Viaje porque se hayan producido actos de piratería aérea, terrestre o naval en algún punto del recorrido.

3.     Si las Autoridades declaran de forma oficial “zona catastrófica” el lugar desde el que Usted empieza Su Viaje.

4.     Si se produce un acto terrorista o una Catástrofe natural en el lugar de destino. Se tiene que producir dentro de los 30 días anteriores a la fecha de inicio de Su Viaje. Se tiene que producir en una distancia inferior a 30 km. del lugar de destino.

5.     Si Su empresa es declarada en concurso de acreedores.

 

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Nuestros Consejos

Contrate SIEMPRE un seguro de viaje hecho a su medida que cubra todo lo que vaya a necesitar y entre ellas  ( la convocatoria como miembro de una mesa electoral ).

Nosotros te asesoraremos y cubriremos aquellas necesidades que más te puedan preocupar.

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